3. ¿Qué requisitos se deben cumplir para la acreditación como Organismo Técnico de Capacitación?
A. Contar con personalidad jurídica, la que deberá tener como único objeto social la “prestación de servicios de capacitación” (a excepción de las Universidades, Centros de Formación Técnica, Institutos Profesionales y Municipalidades).
B. Acreditar que la entidad dispone de la certificación bajo la Norma Chilena de Calidad para Organismos Técnicos de Capacitación NCh 2728, establecida como Norma Oficial de la República por la Resolución Exenta Nº 155, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, publicada
en el Diario Oficial el 19 de mayo de 2003, o aquella que la reemplace.
C. Disponer en forma permanente de una oficina administrativa en la región en la cual se solicita su inscripción en el Registro, acreditada según lo establece el Reglamento.